sábado, 25 de marzo de 2017

Rastreo intensivo

¡BUENAS TARDES!


Como cada semana, ha habido una nueva rotación de roles, en la cual Arantxa ha quedado como estratega del grupo. Una vez interiorizado su papel, se ha dispuesto a repartir los de las demás. En su decisión, me ha posicionado en el rol de rastreadora.


Siendo sincera, no me entusiasmó mucho. No se me da nada mal ejecutar este cometido, pero siento que no disfruto ejerciéndolo y que tampoco me siento cómoda con él. Aun así, desde la primera semana me mentalicé de que debería pasar por todos los papeles, así que ¡adentrémonos en el sexto rol a desempeñar!


Como bien dije la semana pasada, tras haber pasado por todos los roles posibles, la explicación ya no es necesaria. Sabéis de más y de sobra lo que viene a continuación, así que al grano.


Leyendo prensa digital, me encontré con una noticia que me generó gran interés. Hablaba sobre el hiyab (¿Qué es?), pues la Unión Europea ha dictado sentencia en su contra, apoyando a colectivos laborales para la legalidad de su prohibición en horario de trabajo.
Esta novedad ha provocado gran revuelo entre la sociedad, la cual critica la restricción de la libertad religiosa y expresiva de las empresas ante sus empleados.
Como protagonista de la noticia encontramos a Samira Achbita, la cual decidió no quitarse el velo para ejercer su puesto de trabajo, en el cual se prohibía cualquier símbolo de ideología (política, filosófica y religiosa), siendo despedida ante la violación del reglamento.




He examinado esta noticia desde “El Mundo”, “infoLibre” y “El diario”.


EL MUNDO → La primera fuente de información, trata la noticia a través de 5 párrafos, con titular “El derecho a ser neutro”.


  • En primer lugar nos cuenta que Europa apoya la prohibición del uso del velo islámico en el trabajo y que es un atentado contra la libertad religiosa, además de cuestionar si una empresa privada no debería tener derecho a mostrarse neutra.
  • En segundo lugar se nos presenta a la protagonista, Samira Achbita. Se negó a quitarse el velo para ejercer de recepcionista en una empresa de seguridad belga. Esta empresa prohibía cualquier signo ideológico, por lo que la despidió. También señala que si otro compañero de trabajo hubiese expuesto su símbolo ideológico y la sentencia de Luxemburgo no hubiera sido negativa, el problema sería de discriminación étnica.
  • En tercer lugar la noticia recalca que si la empleada no hubiera trabajado expuesta al público, el Tribunal habría reconocido el mérito de luchar por su libertad religiosa. También que la libertad religiosa de la demandante acaba donde empieza la del empresario al mostrar su imagen neutra.
  • En cuarto lugar se nos cuenta un caso ocurrido en España, donde la justicia se posicionó de forma contraria dando la victoria a Ana Saidi, a la cual le impidieron llevar el velo en los mostradores de facturación de un aeropuerto. Aunque no corrió la misma suerte Najwa Malha, quien denunció a su instituto por impedirle ir a clase con la cabeza cubierta.
  • En último lugar se señala que el juicio sobre el caso protagonista no va a acabar de forma pacífica, pues el uso del velo está muy arraigado. La justicia debe buscar el equilibrio entre los derechos y libertades de todos.




INFOLIBRE→ La segunda fuente de información, trata el comunicado a través de 3 párrafos, con titular “La justicia europea legaliza prohibir el uso de velo en el trabajo”.


  • La noticia comienza contando la situación surgida, pues el Tribunal de Justicia de la UE legaliza la prohibición del velo musulmán en los puestos de trabajo, cuya justificación es que el empresario aplica una política de neutralidad a todos sus empleados.
  • Continúa exponiendo el caso protagonista, en el cual una recepcionista musulmana anunció su intención de ir con velo a su trabajo. Tras tres años de empleo, fue despedida. La compañía alega que está prohibido para todos los empleados llevar símbolos ideológicos visibles.
  • Finaliza señalando que el Tribunal ha dictado que una discriminación indirecta puede justificarse si la medida responde a una neutralidad política, filosófica y religiosa en la relación empresa-clientes.




EL DIARIO → La tercera y última fuente de información, la trata a través de 8 párrafos, con titular “La justicia europea respalda que las empresas puedan prohibir el velo en el trabajo”.


  • Primero se nos comunica que el Tribunal de Justicia de la UE el martes 14 de marzo de 2017 legaliza la prohibición de la hiyab en centros de trabajos. También confirma que ha sido la primera vez que la justicia europea trata este tema, el cual ha ocurrido en dos lugares: Bélgica y Francia. En ambos casos, dos trabajadoras fueron despedidas por negarse a quitar el velo en sus respectivos puestos de trabajo.
  • Seguidamente se cuenta el caso de Samira Achbita (principal de los dos que se cuentan), la cual fue despedida tras 3 años en una empresa belga como recepcionista por comunicar su intención de llevar el pañuelo a su trabajo. En la empresa existía una norma no escrita de intolerancia ante símbolos visibles de convicciones.
  • Más tarde se expone que la trabajadora siguió insistiendo en su decisión, ante tal situación la empresa modificó el reglamento interno incluyendo esta normal para así despedir a la empleada.
  • A Continuación se informa de que la empleada llevó el caso ante el Tribunal de justicia belga, donde se dictó sentencia a favor de la empresa ya que no se consideraba discriminación lo ocurrido al estar escrito en una norma de la confederación.
  • También se señala que la justicia europea no quiso entrar a formar parte de la sentencia, pero que declaró que una norma interna como esta puede ocasionar en muchos casos discriminación si se forma una desventaja de esas personas con respecto a las otras por tener una cierta preferencia religiosa.
  • Para finalizar este caso, se objetiva que no se considera discriminación si se justifica objetivamente con una finalidad y si los medios para conseguirla son necesarios.
  • En los dos últimos párrafos del comunicado se narra de forma breve el caso de Francia. Asma Bougnaoui sufrió exactamente el mismo caso, solo que en su lugar fue un cliente quien se quejó de la prensa y la empresa procedió a despedirla alegando a la normal de neutralidad. La protagonista llevó también este caso a la justicia francesa. El tribunal de Luxemburgo manifiesta que si en este caso también corresponde a una norma interna del centro, se deben llevar a cabo la misma sentencia que el otro caso. Si por el contrario, sólo corresponde a una queja de un cliente, se consideraría únicamente discriminación y no nada laboral.




En mi anterior rastreo, encontré muchísima similitud entre dos de las noticias porque exponían las mismas cosas pero con diferentes palabras. Esta vez, sorprendentemente encuentro grandes diferencias entre las tres. La única “similitud” es que la primera y la última son extensas. La primera informa de lo preciso sobre el caso y se centra en otros aspectos menos informativos y más de opinión, como por ejemplo el hecho de que si otro compañero hiciera lo mismo que la protagonista y no fuera juzgado, sería discriminación. O que quizás si no hubiera estado de cara al público, no habría tenido importancia.También trata otro caso de igual temática, pero diferente lugar. Además de exponer la solución, la búsqueda del equilibrio.
Mientras la última se ciñe a lo ocurrido explicando minuciosamente cada detalle como días, años y duración de la jornada laboral de la empleada. Guarda relación con la anteriormente mencionada porque también explica otro caso diferente relacionado con el tema. Es la más completa.
Por último, la segunda fuente informa más escuetamente sobre lo ocurrido, sin entrar en debate o explicación desarrollada.


He escogido esta noticia porque siempre se ha hablado del tema del velo pero no se le ha dado tanta importancia como a otros temas polémicos (al menos en España) y sin lugar a duda, la tiene.  
Desde mi opinión, no debería ser legal la política de neutralidad en las empresas. Pues debería haber transparencia con respecto a este tema y que cada uno expusiera sus ideales políticos, religiosos y filosóficos sin miedo a ser despedido o juzgado por los demás, llegando a casos de discriminación. Cada cual que lleve la forma de vida que quiera, mientras respete y sea respetado por los demás.  Somos una sociedad y como tal, debemos aprender a vivir los unos con los otros, sin necesidad de ocultarnos por culpa de trabajos donde las personas no pueden demostrar su personalidad libremente.

Lucha por ser tal y como eres, impide que te corten las alas. Conseguirás grandes cosas por ti y por todos los que te rodean.




No hay comentarios:

Publicar un comentario